DIHYDROXYACETONE
HAIR DYEING · TANNING · SKIN CONDITIONING - MISCELLANEOUS · CAS 96-26-4 · EC 202-494-5
Identificación química
- INCI
- DIHYDROXYACETONE
- Nombre químico
- 1,3-Dihydroxyacetone
- IUPAC
- 1,3-Dihydroxy-2-propanone
- CAS
- 96-26-4
- EC / EINECS
- 202-494-5
- Sinónimos comerciales
- —
Estado regulatorio UE
- Referencia
- III/322
- Concentración máxima
- (a) 6,25 % (b) 10 %
- Otras condiciones
- —
- Advertencias
- —
- CMR
- No clasificado
- Última modificación CosIng
- 2021-10-18
Análisis recientes que mencionan este ingrediente
- InformativoOpinión científica SCCS (versión final) · 4 de marzo de 2020Dihydroxyacetone - DHA (1,3-Dihydroxy-2-propanone) CAS No. 96-26-4
El SCCS adoptó el 3-4 de marzo de 2020 la opinión final SCCS/1612/19 sobre la dihidroxiacetona (DHA, CAS 96-26-4), evaluada como ingrediente colorante capilar en aplicaciones leave-on no oxidativas hasta una concentración máxima del 6,25 %. El comité la considera segura en esas condiciones y también segura en uso combinado con autobronceadores y cremas faciales que contengan hasta un 10 % de DHA. La sustancia no está actualmente regulada en el Reglamento (CE) 1223/2009. La opinión no anticipa ninguna restricción.
Otros sustancias con restricciones
- 1,3-BIS-(2,4-DIAMINOPHENOXY)PROPANE
- 1,5-NAPHTHALENEDIOL
- 1-HEXYL 4,5-DIAMINO PYRAZOLE SULFATE
- 1-NAPHTHOL
- 2,4-DIAMINOPHENOXYETHANOL HCL
- 2,5,6-TRIAMINO-4-PYRIMIDINOL SULFATE
- 2,6-DIAMINOPYRIDINE
- 2,6-DIHYDROXY-3,4-DIMETHYLPYRIDINE
Función técnica
Este ingrediente está clasificado como:
Sobre el Anexo III del Reglamento (CE) 1223/2009
El Anexo III del Reglamento (CE) 1223/2009 lista las sustancias que pueden utilizarse en productos cosméticos únicamente bajo condiciones específicas definidas por el legislador europeo. Para cada entrada, el anexo establece la concentración máxima permitida, las categorías de producto en las que su uso está autorizado (enjuague o sin aclarado, uso en niños, etc.), las condiciones adicionales aplicables y las advertencias de etiquetado obligatorias que el fabricante debe incluir. La evaluación de seguridad previa del SCCS es el requisito previo para cualquier modificación de este listado. Las restricciones pueden variar según el área de aplicación —cabello, piel, mucosas— y la población objetivo —adultos, niños de menos de tres años—. BD-API permite a las Personas Responsables verificar en tiempo real si sus formulaciones cumplen con las condiciones vigentes del Anexo III, integrando la información de CosIng en sus flujos de auditoría. Conocé el Anexo III completo →
Condiciones de restricción como estas cambian
Una concentración máxima nueva o una condición por tipo de producto convierte una fórmula conforme en no conforme de un día para otro. BD-API entrega cada cambio del Anexo III a tu sistema vía API, webhooks y alertas automáticas.
Fuente del dato: CosIng oficial de la Comisión Europea, actualizado al 9 de abril de 2026. Más información →