PROPYLPARABEN
PRESERVATIVE · PERFUMING · CAS 94-13-3 · EC 202-307-7
Identificación química
- INCI
- PROPYLPARABEN
- Nombre químico
- Propyl 4-hydroxybenzoate
- IUPAC
- Butyl 4-hydroxybenzoate and its salts Propyl 4-hydroxybenzoate and its salts (Butylparaben, propylparaben, sodium propylparaben, sodium butylparaben, potassium butylparaben, potassium propylparaben)
- CAS
- 94-13-3
- EC / EINECS
- 202-307-7
- Sinónimos comerciales
- 92923
- Nombre INN
- propylparaben
- Ph. Eur.
- propylis parahydroxybenzoas
Estado regulatorio UE
- Referencia
- V/12 a
- Concentración máxima
- - 0,14% (as acid) for the sum of the individual concentrations - 0,8% (as acid) for mixtures of substances mentioned in entry 12 and 12a, here the sum of the individual concentrations of butyl and propylparaben and their salts does not exceed 0,14%
- Otras condiciones
- Not to be used in leave-on products designed for application on the nappy area of children under three years of age.
- Advertencias
- For leave-on products designed for children under three years of age: "Do not use on the nappy area"
- CMR
- No clasificado
- Última modificación CosIng
- 2021-08-02
Análisis recientes que mencionan este ingrediente
- InformativoOpinión científica SCCS (versión final) · 31 de marzo de 2021Propylparaben
El SCCS concluye en su opinión final SCCS/1623/20 que el propilparabeno es seguro como conservante en productos cosméticos hasta una concentración máxima de 0,14 %, límite coincidente con el Anexo V/12a del Reglamento (CE) 1223/2009. Los datos disponibles aportan algunos indicios de posibles efectos endocrinos, pero el nivel de evidencia no basta para considerarlo una sustancia con propiedades de disrupción endocrina ni para derivar un punto de partida toxicológico basado en ellas. La evaluación utiliza un valor de absorción dérmica de 3,7 %, el mismo de la opinión de 2013, porque los estudios recientes presentados no permiten derivar uno nuevo conforme a las Notas de Orientación del SCCS. El mandato no abarca aspectos ambientales y el comité señala que debe aportarse una caracterización química completa de pureza, identidad e impurezas.
Sobre el Anexo V del Reglamento (CE) 1223/2009
El Anexo V del Reglamento (CE) 1223/2009 enumera los conservantes autorizados para uso en productos cosméticos en la Unión Europea. Solo los conservantes incluidos en este anexo pueden utilizarse para inhibir el desarrollo de microorganismos en cosmética. Cada entrada define la concentración máxima permitida, las categorías de producto en las que puede usarse, las condiciones específicas aplicables y las advertencias de etiquetado obligatorias si las hay. Las modificaciones a este anexo se publican periódicamente en el Diario Oficial de la UE tras opinión del SCCS (Scientific Committee on Consumer Safety) y se reflejan automáticamente en esta base de datos. BD-API sincroniza estas actualizaciones de forma programada y continua y permite a fabricantes y Personas Responsables verificar en tiempo real si sus formulaciones cumplen con las condiciones vigentes del Anexo V, integrando la información de CosIng en sus flujos de auditoría y control de calidad. Conocé el Anexo V completo →
Las listas positivas están muy controladas
Los dictámenes SCCS nuevos y los reglamentos modificativos reformulan este Anexo con regularidad — una entrada que cambia debe reflejarse en tus formulaciones activas. BD-API entrega cada cambio a tu sistema vía API, webhooks y alertas automáticas.
Fuente del dato: CosIng oficial de la Comisión Europea, actualizado al 9 de abril de 2026. Más información →