ReguladoAnx. IIRef. II/1156

2-[2-Hydroxy-3-(2-chlorophenyl)carbamoyl-1-naphthylazo]-7-[2-hydroxy-3-(3-methylphenyl)carbamoyl-1-naphthylazo]fluoren-9-one

CAS
151798-26-4
Referencia
II/1156

Última actualización CosIng

15 de octubre de 2010

Descripción

2-[2-Hydroxy-3-(2-chlorophenyl)carbamoyl-1-naphthylazo]-7-[2-hydroxy-3-(3-methylphenyl)carbamoyl-1-naphthylazo]fluoren-9-one es un colorante orgánico sintético perteneciente a la familia de los pigmentos bisazoicos derivados de fluorenona. Estructuralmente combina dos grupos azo (–N=N–) unidos a sistemas naftalénicos sustituidos con funciones carboxamida aromáticas, conectados a través de un núcleo central de fluoren-9-ona. Esta arquitectura molecular es característica de los pigmentos orgánicos de alta masa molecular, generalmente insolubles en agua y en la mayoría de disolventes orgánicos, que históricamente se emplearon en industrias de tintas, plásticos y, en algunos contextos, formulaciones cosméticas decorativas para aportar color sin migración.

En el marco del Reglamento (CE) 1223/2009 sobre productos cosméticos, este compuesto figura en el Anexo II bajo la referencia 1156. El Anexo II reúne las sustancias cuya presencia está prohibida en la composición de productos cosméticos comercializados en la Unión Europea. La inclusión en este anexo se acompaña de la clasificación armonizada como Tóxico para la Reproducción de Categoría 1B, conforme al Reglamento (CE) 1272/2008 (CLP), que designa a las sustancias presuntamente tóxicas para la reproducción humana sobre la base de datos procedentes de estudios en animales. No se establecen condiciones de concentración máxima, tipo de producto autorizado, advertencias de etiquetado obligatorias adicionales ni otras restricciones específicas, dado que la prohibición prevista en el Anexo II es de carácter general y absoluto.

Los pigmentos orgánicos bisazoicos se utilizan habitualmente en aplicaciones industriales que requieren coloración estable y de alta opacidad. En el contexto cosmético, los ingredientes colorantes desempeñan funciones puramente estéticas, modificando el aspecto visual del producto terminado o el efecto sobre la piel en formulaciones decorativas. La información presentada es de referencia técnica y no constituye recomendación de uso ni claim de eficacia.

Regulación UE detallada

%

Concentración máxima permitida

Sin concentración máxima específica

§

Marco regulatorio

Reglamento (CE) 1223/2009 — Anexo II, ref. 1156

Última modificación reflejada en la BD: 15 de octubre de 2010

C

Clasificación CMR

Reprotoxic Cat. 1B()

Análisis recientes que mencionan esta sustancia

Sin análisis publicados todavía para esta sustancia. Esta sección se completará con los artículos del blog regulatorio a medida que se publiquen.

Fuente del dato: CosIng oficial de la Comisión Europea, actualizado al 15 de octubre de 2010. Más información →

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