ReguladoAnx. IIRef. II/1418

Cobalt carbonate

CAS
513-79-1
IUPAC
Cobalt carbonate
Referencia
II/1418

Última actualización CosIng

30 de julio de 2020

Descripción

Cobalt carbonate es un compuesto inorgánico perteneciente a la clase de las sales metálicas, específicamente un carbonato de cobalto en su estado de oxidación divalente. Los carbonatos metálicos constituyen un grupo de compuestos formados por la unión de un catión metálico con el anión carbonato, presentándose habitualmente como sólidos cristalinos de coloración característica según el metal involucrado. En el ámbito cosmético, los compuestos de cobalto han sido históricamente asociados a aplicaciones pigmentarias por las tonalidades intensas que aportan sus sales, aunque su empleo se encuentra fuertemente condicionado por el marco regulatorio aplicable a sustancias metálicas en formulaciones de contacto dérmico.

En el marco del Reglamento (CE) 1223/2009 sobre productos cosméticos, Cobalt carbonate figura en el Anexo II, referencia 1418, que enumera las sustancias prohibidas en productos cosméticos comercializados en la Unión Europea. La inclusión en este anexo implica la imposibilidad legal de incorporar la sustancia como ingrediente intencional en formulaciones cosméticas destinadas al mercado europeo. La sustancia presenta una clasificación armonizada bajo el Reglamento (CE) 1272/2008 como Carcinógeno categoría 1B, Tóxico para la reproducción categoría 1B y Mutágeno categoría 2. Las sustancias clasificadas como CMR en categorías 1A, 1B o 2 conforme al referido reglamento están sujetas al régimen específico establecido en el artículo 15 del Reglamento cosmético, que regula con carácter general la presencia de este tipo de sustancias en productos cosméticos.

Los compuestos inorgánicos de metales de transición, cuando han tenido empleo histórico en cosmética, se han utilizado principalmente con finalidades cromáticas en productos decorativos o como componentes auxiliares en sistemas formulatorios específicos. La presencia de una sustancia en el Anexo II del Reglamento cosmético europeo determina que dicho empleo no resulta admisible en el mercado de la Unión. La información presentada es de referencia técnica y no constituye recomendación de uso ni claim de eficacia.

Regulación UE detallada

%

Concentración máxima permitida

Sin concentración máxima específica

§

Marco regulatorio

Reglamento (CE) 1223/2009 — Anexo II, ref. 1418

Última modificación reflejada en la BD: 30 de julio de 2020

C

Clasificación CMR

Carcinogenic Cat. 1B() Reprotoxic Cat. 1B() Mutagenic Cat. 2()

Análisis recientes que mencionan esta sustancia

Sin análisis publicados todavía para esta sustancia. Esta sección se completará con los artículos del blog regulatorio a medida que se publiquen.

Fuente del dato: CosIng oficial de la Comisión Europea, actualizado al 30 de julio de 2020. Más información →

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