ReguladoAnx. IIRef. II/1412

Reaction mass of: dimethyl (2-(hydroxymethylcarbamoyl)ethyl)phosphonate; diethyl (2-(hydroxymethylcarbamoyl)ethyl)phosphonate; methyl ethyl (2-(hydroxymethylcarbamoyl)ethyl)phosphonate

IUPAC
Reaction mass of: dimethyl (2-(hydroxymethylcarbamoyl)ethyl)phosphonate; diethyl (2-(hydroxymethylcarbamoyl)ethyl)phosphonate; methyl ethyl (2-(hydroxymethylcarbamoyl)ethyl)phosphonate
Referencia
II/1412

Última actualización CosIng

30 de julio de 2020

Descripción

Reaction mass of: dimethyl (2-(hydroxymethylcarbamoyl)ethyl)phosphonate; diethyl (2-(hydroxymethylcarbamoyl)ethyl)phosphonate; methyl ethyl (2-(hydroxymethylcarbamoyl)ethyl)phosphonate corresponde a una mezcla de reacción compuesta por ésteres organofosforados derivados de la condensación de derivados del ácido fosfónico con un grupo hidroximetilcarbamoiletilo. Químicamente pertenece a la familia de los fosfonatos orgánicos, caracterizados por la presencia de enlaces carbono-fósforo y grupos éster de metilo y etilo en distintas combinaciones. Los fosfonatos orgánicos constituyen una clase de compuestos sintéticos empleados históricamente en diversas aplicaciones industriales por sus propiedades quelantes y de modificación superficial. La entrada no recoge sinónimos comerciales adicionales asociados a esta mezcla de reacción.

En el marco del Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre productos cosméticos, esta sustancia figura en el Anexo II bajo la referencia 1412, listado que recoge las sustancias cuyo uso está prohibido en la composición de productos cosméticos comercializados en el territorio de la Unión Europea. La sustancia presenta clasificación armonizada bajo el Reglamento CLP como carcinógeno de categoría 1B y mutágeno de categoría 1B. Esta clasificación CMR se corresponde con la inclusión sistemática de las sustancias CMR de categorías 1A y 1B en el Anexo II, salvo excepciones expresamente reguladas. No se establecen condiciones literales de concentración máxima, advertencias obligatorias de etiquetado adicionales, ni restricciones específicas por tipo de producto, dado el carácter prohibitivo general de la inclusión en este anexo.

Los fosfonatos orgánicos, como clase química general, se emplean fuera del ámbito cosmético en aplicaciones que aprovechan su capacidad de interacción con cationes metálicos y superficies inorgánicas. En el contexto del marco regulatorio cosmético europeo, las sustancias incluidas en el Anexo II no admiten incorporación en formulaciones destinadas al consumidor final. La información presentada es de referencia técnica y no constituye recomendación de uso ni claim de eficacia.

Regulación UE detallada

%

Concentración máxima permitida

Sin concentración máxima específica

§

Marco regulatorio

Reglamento (CE) 1223/2009 — Anexo II, ref. 1412

Última modificación reflejada en la BD: 30 de julio de 2020

C

Clasificación CMR

Carcinogenic Cat. 1B() Mutagenic Cat. 1B()

Análisis recientes que mencionan esta sustancia

Sin análisis publicados todavía para esta sustancia. Esta sección se completará con los artículos del blog regulatorio a medida que se publiquen.

Fuente del dato: CosIng oficial de la Comisión Europea, actualizado al 30 de julio de 2020. Más información →

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