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Países Bajos · Persona Responsable · Etiquetado

Vender cosméticos en Países Bajos: guía de cumplimiento regulatorio

7 min
  • La NVWA (Autoridad neerlandesa de seguridad alimentaria y de productos de consumo) supervisa el mercado de cosméticos bajo el Reglamento (CE) 1223/2009.
  • El neerlandés es el idioma obligatorio para todos los elementos de etiquetado orientados al consumidor; los nombres INCI quedan exentos.
  • La NVWA puede exigir documentación específica del producto en un plazo de tres días hábiles, lo que hace especialmente importante tener el expediente de información disponible y actualizado.

1. El marco europeo se aplica — notifica una vez, vende en toda la UE

Países Bajos aplica directamente el Reglamento (CE) 1223/2009, la norma armonizada que rige los productos cosméticos en toda la Unión Europea. Esto significa que no hay un régimen nacional paralelo: las reglas de seguridad, composición y etiquetado son las mismas que en el resto de la UE.

En la práctica, vender en Países Bajos dentro del marco europeo implica cumplir cuatro obligaciones comunes, no específicas de este país:

Esta guía no repite ese marco común: se centra en lo que es propio de Países Bajos. Para los conceptos transversales, consulta también qué es la base CosIng y cómo usarla.


2. La autoridad nacional competente

La autoridad competente designada para la vigilancia del mercado de cosméticos es la Nederlandse Voedsel en Warenautoriteit (NVWA) — Autoridad neerlandesa de seguridad alimentaria y de productos de consumo. La NVWA actúa como autoridad única: no existe una división entre autoridad de seguridad y autoridad de vigilancia del mercado.

Entre sus funciones principales se encuentran la inspección del expediente de información del producto (PIF), la verificación del etiquetado, la coordinación con el CPNP y la emisión de certificados de libre venta para exportaciones fuera de la UE. Su sitio de referencia para empresas es nvwa.nl/onderwerpen/cosmetica.

Una característica distintiva de la NVWA es su potestad de reclamar información específica sobre un producto en un plazo de tres días hábiles. Esto implica que el expediente de información sobre el producto debe estar disponible y accesible en todo momento.


3. Requisitos de idioma en el etiquetado

El neerlandés es el idioma obligatorio para los elementos del etiquetado que el consumidor final debe poder leer y comprender. El fundamento jurídico nacional es el Warenwetbesluit Cosmetische Producten (Decreto de mercancías sobre productos cosméticos, 2011), que implementa el Reglamento 1223/2009 en el ordenamiento neerlandés.

Los elementos que deben aparecer en neerlandés incluyen: la función del producto (cuando no sea evidente por la presentación), las instrucciones de uso, las advertencias y precauciones de uso especiales, el contenido nominal, y la fecha de durabilidad mínima o el período de validez después de la apertura.

La lista INCI de ingredientes queda exenta: al tratarse de nomenclatura internacional estandarizada, puede aparecer en su forma original sin traducción al neerlandés.


4. Particularidades nacionales

Marco jurídico nacional

El instrumento de referencia es el Warenwetbesluit Cosmetische Producten de 2011, integrado en la ley general de seguridad de productos de consumo (Warenwet). Este decreto implementa los requisitos del Reglamento 1223/2009 en el derecho neerlandés y es el marco que aplica la NVWA en sus inspecciones.

Certificados de libre venta para exportación

Para exportar cosméticos a mercados fuera de la UE que requieren documentación oficial, la NVWA puede emitir certificados de libre venta (free sale certificates). Este trámite se realiza a través de la NVWA y es relevante especialmente para empresas que exportan a países asiáticos o latinoamericanos. El Reglamento 1223/2009 no exige autorización previa a la comercialización dentro del mercado europeo.

Vigilancia activa del mercado

La NVWA aplica un modelo de vigilancia post-comercialización con capacidad de respuesta rápida. Dado que puede reclamar información del producto en tres días hábiles, es especialmente importante que el titular de la marca o la Persona Responsable tenga el expediente de información sobre el producto (PIF) organizado y actualizado. Para la composición de la lista INCI, la consulta de la base de datos CosIng facilita la verificación de ingredientes frente a los anexos del Reglamento.

Para otros mercados de la región, consulta nuestras guías de Bélgica, Austria, Irlanda, Luxemburgo y Portugal.


5. Preguntas frecuentes

¿Qué autoridad regula los cosméticos en Países Bajos? La NVWA (Nederlandse Voedsel en Warenautoriteit — Autoridad neerlandesa de seguridad alimentaria y de productos de consumo) es la autoridad competente única para la vigilancia del mercado de cosméticos en Países Bajos. Puede exigir información específica sobre un producto en un plazo de tres días hábiles.

¿En qué idioma debe estar el etiquetado en Países Bajos? El neerlandés es obligatorio para todos los elementos de etiquetado que el consumidor debe leer: función del producto, instrucciones de uso, advertencias, contenido nominal y fecha de durabilidad. Los nombres INCI quedan exentos como nomenclatura internacional.

¿Necesito una notificación específica para Países Bajos? No. Una única notificación en el CPNP cubre todo el mercado de la UE, incluidos Países Bajos. No existe un registro nacional adicional.

¿Hay alguna particularidad nacional más allá del Reglamento 1223/2009? Sí. El Warenwetbesluit Cosmetische Producten de 2011 implementa el Reglamento en el ordenamiento neerlandés. Además, la NVWA puede emitir certificados de libre venta para exportaciones a mercados extracomunitarios, y tiene la potestad de reclamar documentación del producto con un plazo de respuesta de tres días hábiles.

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