PermitidoAnx. VRef. V/12

METHYLPARABEN

FRAGRANCE · PRESERVATIVE · CAS 99-76-3 · EC 202-785-7

Identificación química

INCI
METHYLPARABEN
Nombre químico
Methyl 4-hydroxybenzoate
IUPAC
4-Hydroxybenzoic acid and its Methyl- and Ethyl-esters, and their salts (4-Hydroxybenzoic acid, methylparaben, potassium ethylparaben, potassium paraben, sodium methylparaben, sodium ethylparaben, ethylparaben, sodium paraben, potassium methyl­paraben, calcium paraben)
CAS
99-76-3
EC / EINECS
202-785-7
Sinónimos comerciales
92341

Estado regulatorio UE

Referencia
V/12
Concentración máxima
0,4% (as acid) for single ester 0,8% (as acid) for mixtures of esters
Otras condiciones
Advertencias
CMR
No clasificado
Última modificación CosIng
2020-08-11

Análisis recientes que mencionan este ingrediente

  • InformativoOpinión científica SCCS con corrigendum · 5 de marzo de 2024
    Methylparaben (CAS No. 99-76-3, EC No. 202-785-7)

    El SCCS (SCCS/1652/23, con corrigendum de febrero 2024) concluye que el Metilparabén es seguro como conservante en cosméticos hasta el 0,4% (expresado como ácido) cuando se usa solo, o hasta el 0,4% en mezclas de ésteres cuya concentración total no supere el 0,8%, conforme a la entrada 12 del Anexo V del Reglamento 1223/2009. Esta conclusión confirma el status regulatorio actual sin cambios. El corrigendum clarifica la redacción de la conclusión relativa a la pregunta 1 pero no altera el fondo de la evaluación. No se requiere acción por parte de las empresas que ya cumplen con los límites vigentes.

Función técnica

Este ingrediente está clasificado como:

Sobre el Anexo V del Reglamento (CE) 1223/2009

El Anexo V del Reglamento (CE) 1223/2009 enumera los conservantes autorizados para uso en productos cosméticos en la Unión Europea. Solo los conservantes incluidos en este anexo pueden utilizarse para inhibir el desarrollo de microorganismos en cosmética. Cada entrada define la concentración máxima permitida, las categorías de producto en las que puede usarse, las condiciones específicas aplicables y las advertencias de etiquetado obligatorias si las hay. Las modificaciones a este anexo se publican periódicamente en el Diario Oficial de la UE tras opinión del SCCS (Scientific Committee on Consumer Safety) y se reflejan automáticamente en esta base de datos. BD-API sincroniza estas actualizaciones de forma programada y continua y permite a fabricantes y Personas Responsables verificar en tiempo real si sus formulaciones cumplen con las condiciones vigentes del Anexo V, integrando la información de CosIng en sus flujos de auditoría y control de calidad. Conocé el Anexo V completo →

Las listas positivas están muy controladas

Los dictámenes SCCS nuevos y los reglamentos modificativos reformulan este Anexo con regularidad — una entrada que cambia debe reflejarse en tus formulaciones activas. BD-API entrega cada cambio a tu sistema vía API, webhooks y alertas automáticas.

Avisame si esto cambia

Fuente del dato: CosIng oficial de la Comisión Europea, actualizado al 9 de abril de 2026. Más información →