Descripción
4,4'-Thiodianiline and its salts es una diamina aromática perteneciente a la familia de los compuestos arilamínicos, caracterizada por dos grupos anilina unidos por un átomo de azufre central que forma un puente tioéter entre los anillos bencénicos. Esta clase de moléculas, dentro del universo químico industrial, ha sido históricamente vinculada a procesos de síntesis de tintes, polímeros y precursores cromóforos. En el contexto cosmético, las diaminas aromáticas con estructura análoga han sido evaluadas tradicionalmente por su potencial reactividad química, particularmente en sistemas de coloración capilar oxidativa, donde compuestos de esta familia podían actuar como intermediarios o acopladores en reacciones de formación de pigmento.
En el marco del Reglamento (CE) 1223/2009 sobre productos cosméticos, esta sustancia se encuentra inscrita en el Anexo II bajo la referencia 1159, listado que recoge las sustancias cuya presencia está prohibida en la composición de productos cosméticos comercializados en la Unión Europea. La inclusión en este Anexo implica que la sustancia no puede formar parte de la formulación cosmética, ya sea como ingrediente activo, excipiente, residuo técnico o impureza por encima de los umbrales aplicables. La sustancia presenta una clasificación armonizada como carcinógeno de categoría 1B conforme al Reglamento (CE) 1272/2008 (CLP). Esta clasificación CMR es coherente con la inclusión de la sustancia en el listado de prohibición, dado que el marco regulatorio cosmético europeo establece restricciones específicas para sustancias clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción.
Las sustancias incluidas en el Anexo II del Reglamento cosmético europeo conforman el listado de exclusión, abarcando compuestos cuya incorporación en productos cosméticos no está permitida en el territorio de la Unión. Este tipo de inscripciones suele estar asociado a evaluaciones toxicológicas previas realizadas por los comités científicos competentes o a clasificaciones derivadas de marcos regulatorios transversales. La información presentada es de referencia técnica y no constituye recomendación de uso ni claim de eficacia.