ReguladoAnx. IIRef. II/1449

Cobalt nickel gray periclase; C.I. Pigment Black 25; C.I. 77332 [1]; Cobalt nickel dioxide [2]; Cobalt nickel oxide [3]; Nickel arsenide [2]

IUPAC
Cobalt nickel gray periclase; C.I. Pigment Black 25; C.I. 77332 [1]; Cobalt nickel dioxide [2]; Cobalt nickel oxide [3]; Nickel arsenide [2]
Referencia
II/1449

Última actualización CosIng

30 de julio de 2020

Descripción

Cobalt nickel gray periclase; C.I. Pigment Black 25; C.I. 77332; Cobalt nickel dioxide; Cobalt nickel oxide; Nickel arsenide corresponde a un pigmento inorgánico de óxidos mixtos metálicos, perteneciente a la familia de los óxidos cerámicos con estructura cristalina tipo periclasa. Químicamente, se trata de un compuesto sólido formado por óxidos de metales de transición (cobalto y níquel) integrados en una matriz cristalina estable, con presencia adicional de arseniuro de níquel entre las especies identificadas. Esta clase de pigmentos inorgánicos se ha empleado históricamente en aplicaciones industriales y decorativas para aportar coloración mediante partículas sólidas insolubles dispersas en una matriz portadora. Entre las denominaciones comerciales asociadas se incluyen C.I. Pigment Black 25 y C.I. 77332.

En el marco del Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre productos cosméticos, este ingrediente figura inscrito en el Anexo II, referencia 1449, que enumera las sustancias prohibidas en la composición de productos cosméticos destinados a ser comercializados en el mercado de la Unión Europea. La inclusión en este anexo implica que la sustancia no puede formar parte, en ninguna concentración, de productos cosméticos terminados puestos a disposición del consumidor dentro del ámbito de aplicación del Reglamento. La sustancia presenta además una clasificación armonizada como carcinógeno de categoría 1A en el marco del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 (CLP), correspondiente a sustancias con capacidad carcinogénica reconocida para el ser humano sobre la base de evidencia epidemiológica.

Los pigmentos inorgánicos de óxidos metálicos, considerados como clase genérica, se han utilizado tradicionalmente en formulaciones cosméticas decorativas para aportar coloración estable, opacidad y resistencia a la luz, mediante dispersión de partículas sólidas en bases acuosas, oleosas o pulverulentas. Su uso en productos cosméticos dentro de la Unión Europea queda condicionado, en cada caso, al estatus regulatorio individual de cada sustancia conforme a los anexos del Reglamento. La información presentada es de referencia técnica y no constituye recomendación de uso ni claim de eficacia.

Regulación UE detallada

%

Concentración máxima permitida

Sin concentración máxima específica

§

Marco regulatorio

Reglamento (CE) 1223/2009 — Anexo II, ref. 1449

Última modificación reflejada en la BD: 30 de julio de 2020

C

Clasificación CMR

Carcinogenic Cat. 1A()

Análisis recientes que mencionan esta sustancia

Sin análisis publicados todavía para esta sustancia. Esta sección se completará con los artículos del blog regulatorio a medida que se publiquen.

Fuente del dato: CosIng oficial de la Comisión Europea, actualizado al 30 de julio de 2020. Más información →

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